Ladra

PERRO QUE LADRA ¿muy probable que su dueño te muerda?
Derecho a opinar distinto
PRIMERA PARTE: LOS HECHOS
Camino todas las noches por plazas y callecitas de la ciudad donde vivo: Lima. Uso la vereda, que está diseñada para transeúntes. Me cuido bien de no usar la carretera, pues puede venir un vehículo, un conductor borracho, o simplemente porque la carretera está hecha para el transporte de las personas en vehículos. Como decía, camino todas las noches por plazas y siempre, esto es verdad, siempre choco con animales, perros y sus dueños, y entonces no me queda otra cosa que "hacerme a un lado", y dejar que pasen el o los perros y sus dueños. El dueño muy orondo pasa como si fuera un rey, y como si realmente yo tendría el deber, la obligación de ceder el paso a un perro. En estos cruces han sido varias -sino todas- las ocasiones en las cuales el perro ladra, hace el ademán de morder, se me acerca, me enseña los dientes, refunfuña, ladra escandalosamente. Yo, por supuesto, me asusto, cojo una piedra cercana, o saco mi llave para hacer el ademán de tener algo que arrojarle al perro. Me asusto realmente, porque no sé si es cierto que "perro que ladra no muerde", y porque sólo el hecho que el perro se ufane en ladrarme y en asustarme con morderme ya me provoca confusión, cólera, miedo, impotencia. ¿Cómo puede haber perros –con dueño incluido- que estén sueltos y sean un atentado -o una posibilidad de atentado- contra los seres humanos? El perro –o los perros- ladran y se acercan con ánimo peligroso casi siempre, y yo intento decirle a su dueño que agarre a su perro, que lo controle, que lo calme. El muy rufián dueño de turno siempre termina diciendo con una voz dulcete y despreocupada: "no muerde". Yo replico: "no muerde pero ladra como si lo fuera a hacer", ¿cómo sé yo que realmente es sólo un perro que ladra pero no muerde? Le digo –muy insolente- que yo no sé si va a morder o no, que se lo lleve o lo voy a reportar a serenazgo, que le puede caer una multa, o hasta una pena si el perro muerte. El dueño del perro de turno, engrumando el rostro me dice que "mejor no hable sino que haga lo que digo": "-Si vas a denunciar, denuncia pues y no hables tanto" –me dice. Se enfada, se hace el valiente, toma la posición de dueño de la verdad, de animalista, de animal. Yo lo veo, a veces es un chiquillo, a veces una persona ya mayor. Me provoca responderle, darle un sopetón, llamar al serenazgo, pero de pronto caigo en la cuenta que soy cobarde como para ponerme a pelear, que soy flojo como para ponerme a llamar a serenazgo, que soy miedoso, etc., y no hago nada, solo rumio mi enfado y desconcierto. El tipo de turno, orundo se va libre, listo, ganador, vencedor, majadero, con su perro, o perros, ladrando por aquí y por allí. Se va poniéndome una cara y culpándome más bien a mi de ser un insensible con los animales, que hay que querer a los perros, que hay que ser animalista. Y si, no soy animalista.
SEGUNDA PARTE: EL DERECHO
Pero no me gusta quedarme así, con la rabia de haber sido ladrado por los perros, amenazado con morderme y ofendido por la indiferencia e insolencia de sus dueños, y así que voy en busca del derecho. No me basta que exista un programa televisivo que promueva "querer a los perritos", ni que el engreído, pero inteligente Beto Ortiz haya hecho un programa recuperando a perros de las calles. No, no me basta, porque para mí existe otro lado de la historia, un lado que también sale en las noticias, más alarmante, que son las noticias de niños mordidos por perros –que según sus dueños ladran pero no muerden-. Existen esas otras historias en las cuales los perros hacen efectivas sus amenazas, y entonces la carne se tiñe de roja, y los rasgidos y lamentos se hacen realidad, por lo general en niños. Y allí la insolencia de los dueños aún persiste. La gravedad del asunto ha llegado al Congreso, que parece ser ¿nunca ha sido ni será visto bien? El Congreso en su búsqueda por los votos ha dado una ley que pone en una línea cuadrada a seres humanos y animales. Todos somos iguales pareciera decir la ley, y entonces quien mata a un perrito a la cárcel irá a parar.
Entonces me voy a buscar en esa enciclopedia postmoderna, el internet, y en uno de los buscadores que ha monopolizado el mercado virtual: google (Todas las máquinas de las cabinas de internet en las que he entrado, desde Tacna hasta Lima, tienen configurado como buscador a Google). Me sale una lista de archivos que tratan del tema. Encuentro una página del diario El Comercio que titula "Aprobaron ley que castiga maltrato animal con 5 años de cárcel", e ingreso. Leo su contenido, y encuentro el siguiente texto: "Con 90 votos y favor, cero en contra y cero abstenciones, se aprobó incorporar el artículo 207-A al Código Penal para sancionar con pena privativa de la libertad no mayor de tres años, con 100 a 180 días multa, a los responsables de actos de crueldad contra animales domésticos." (Fecha: 20.11.2015 / 02:25 pm - https://elcomercio.pe/lima/aprobaron-ley-castiga-maltrato-animal-5-anos-carcel-244386). De pronto sabemos que ahora ya no es cosa de información, de encontrar libros que hablen de los temas que buscamos, todo el mundo está interconectado y todos están trabajando para nosotros poniendo textos y temas de todas las variedades. Ahora el problema es saber seleccionar los textos a leer y usar. La educación, autoeducación, se ha exponenciado a su máxima expresión.
El diario el comercio señala que para tratar este tema del maltrato de los animales se ha agregado el Art. 207-A al Código Penal. Con esa información, me apresto rápido a buscar mi código; no el de papel, sino el del Sistema peruano de información jurídica, spij, en el internet, y busco el Art´. 207-A. Me doy con la sorpresa que se refiere a otro tipo delictivo. Encuentro sin quererlo un error en el diario peruano de mayor credibilidad y seriedad del país; pues la norma agregada no es el 207-A, sino el 206-A, incorporada por el Ley N° 30407 Ley de protección y bienestar animal, que deroga la Ley 27265 - Ley de protección a los animales domésticos y a los animales silvestres mantenidos en cautiverio. Así como se deroga también el artículo 450-A del Código Penal.
Se agrega que esta ley no aplica a las corridas de toros, peleas de gallos y aquellas que la tradición y sus leyes especiales regulan. Al respecto de he de recordar a la Tauromaquia, "el arte de lidiar toros", y la defensa que hizo de aquella en un vivo artículo el Dr. Fernando de Trazegnies Granda, quien señala en su artículo denominado "Temporada taurina": "El siglo XVIII fue una época todavía en formación para esta nueva actividad. Se construyeron las primeras plazas de toros (entre ellas la de Acho, que fue la tercera más antigua en el mundo). Pero la corrida era algo todavía bastante desordenado. Tuvo que ser Pepe Illo –discípulo de Costillares y rival de Pedro Romero– quien, a principios del siglo XIX, escribió (dictó a un amigo, porque no sabía escribir un libro) las primeras normas que ordenan la fiesta y que permiten un toreo más serio. Y, sin duda, la construcción conceptual de lo que era una corrida de toros era fundamental para que la fiesta taurina se desarrollara en el siglo XIX. Lamentablemente, su voluntad de convertir la tauromaquia en algo muy serio y con mucha entrega llevó a Pepe Illo a ser cogido por un toro, en 1801, en la Plaza de Madrid, perforándole el estómago y muriendo de ello.". El Dr.De Trazegnies llama a la corrida de toros "la fiesta del arte del valor".
La pelea de gallos, que tampoco ha tocado la nueva ley, recuerda la historia del Caballero Carmelo (nombre de persona y de clase para un animalito de guerra), cuento escrito por Abraham Valdelomar, que era tío del gran pintor peruano Fernando De Szyzslo, quien lo describe en su libro autobiográfico: "La vida sin dueño".